Modificaciones fiscales a la hora de comprar en Cataluña en 2022

23 diciembre 2021

Las nuevas normas para evitar la evasión fiscal en España entrarán en vigor a partir del 1 de enero de 2022. A raíz de una directiva europea de julio de 2016, el Gobierno español ha aprobado la Ley 11/2021, que incluye medidas para prevenir y combatir el fraude fiscal y reforzar el control tributario. La ley trae consigo consecuencias para el mercado inmobiliario.

La nueva Ley provoca un aumento potencial de los impuestos para los compradores de propiedades a partir del 1 de enero de 2022. 

¿De qué manera afecta a los compradores la nueva ley?

Empecemos por el principio. El Impuesto de Actos Jurídicos Documentados (AJD) se debe pagar cuando se compran propiedades de nueva construcción y el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales (ITP) cuando se compra viviendas de segunda mano.

Dicho esto, hasta ahora, la base imponible tanto del Impuesto de Transmisiones Patrimoniales  como del Impuesto de Actos Jurídicos Documentados en todas las transacciones inmobiliarias ha sido el valor “real” de la propiedad (es decir, el precio de compra de la propiedad acordado entre el comprador y el vendedor).

Sin embargo, la nueva ley ha introducido un “valor de referencia” que se utilizará como base imponible. En los casos en que el precio de compra sea de hecho superior a este “valor de referencia”, se utilizará el precio de compra. Este nuevo valor de referencia será definido a partir del análisis de los precios de todas las compraventas de viviendas similares que se formalicen ante un notario y no tendrá en cuenta el estado del inmueble ni si es necesaria una reforma que hubiera supuesto un precio de compra inferior. Esto significa que un apartamento de tamaño similar en el mismo edificio tendrá el mismo “valor de referencia”, independientemente del estado del inmueble y de la calidad de cualquier reforma.

Los compradores de viviendas pueden apelar, si creen que el valor de referencia inmobiliaria adjudicado no se corresponde con el de su vivienda, tendrá que encargarse de demostrarlo.

Impuesto sobre Donaciones, Sucesiones y Patrimonio

Este “valor de referencia” también se utilizará como base imponible en el cálculo del Impuesto sobre Donaciones y Sucesiones, a partir del 1 de enero de 2022. Al igual que en el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales, será el valor mínimo que se usará cuando se herede o done una vivienda, por lo que aunque se declare un valor inferior en cualquier transacción ante notario se utilizará el “valor de referencia” en su lugar.

El nuevo “valor de referencia” también afecta al Impuesto sobre el Patrimonio, un impuesto que grava el patrimonio neto que supera un determinado umbral (500.000 euros en Cataluña, con una bonificación adicional para la vivienda propia), aunque no se utiliza estrictamente como base imponible.

La base imponible en este caso se considera el mayor de los siguientes valores: el valor catastral, el valor determinado a efectos de otros impuestos o el precio de compra.

*Si deseas comprar una vivienda en Cataluña, lo mejor es que vayas acompañado de la mano de expertos en compras inmobiliarias.

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